La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) es la entidad que en Colombia se encarga de realizar la inspección los pagos que realizan como aportes de seguridad social y parafiscales para garantizar que se realizan correctamente según lo dictamina la ley. En caso de que se presenten liquidaciones incorrectas o incompletas será la UGPP la responsable de impartir las correspondientes sanciones.
Las razones para que la UGPP sancione a un empleador o aportante es, entonces, cuando se realizan omisiones en los pagos obligatorios, ya que se estaría incumpliendo y causando una mora en los aportes. Cuando la información que se suministra es errónea o incompleta también se deben impartir sanciones.
En el Artículo 314 de la Ley 1819 de 2016, se establece a la UGPP como un ente con total autoridad para impartir sanciones relacionadas con incumplimiento o errores en los pagos obligatorios a seguridad social y parafiscales. Las sanciones que se pueden imponer son las siguientes:
Cuando la sanción es causada por una inexactitud en la liquidación de la contribución de los parafiscales de la protección social se deberá asumir el pago de una multa correspondiente al 35% de la diferencia existente entre el valor que debe pagar y el que ha estado pagando. Este error es muy frecuente cuando se realiza el proceso de forma manual, motivo por el que las empresas optan por implementar un software para nómina electrónica, ya que eliminan la tasa de error al mínimo.
Cuando se realiza una sanción por omisión o mora en el pago de los aportes a seguridad social o parafiscales se impartirá una multa por el valor equivalente al 5% de lo que haya dejado de liquidar por cada mes o el tiempo por el que corresponda la mora. Este monto no podrá sobrepasar el 100% del valor del aporte.
Cuando no se reportan cambios de información que inciden en los aportes de seguridad social y parafiscales se imparte una sanción en donde se debe asumir el pago de determinado número de UVT dependiendo de los meses en mora. A continuación, te compartimos la información:
Las entidades que se encargan de realizar la gestión o administración del sistema de seguridad social de una empresa también pueden verse imputadas por sanciones debido a algún incumplimiento, error u omisión en los pagos. En caso de que esto ocurra, la UGPP podrá imponer multas de hasta 200 UVT.
Para las asociaciones, entidades u organizaciones que hacen afiliaciones de manera colectiva a los trabajadores independientes también deben cumplir con la normativa exigida por la UGPP para no incurrir en sanciones. De igual modo, requieren de una autorización otorgada por el Ministerio de Salud Protección Social.
En caso de no contar con la autorización del Ministerio recibirá la correspondiente sanción. De igual modo, se imputarán sanciones en caso de errores, omisión de información o mora en el pago.
Para asegurarse de no cometer ningún error en los pagos correspondientes a seguridad social y parafiscales y evitar sanciones por parte de la UGPP la mejor alternativa es contar con un proveedor de nómina electrónica calificado como Simba. Contamos con el respaldo de 25 años de experiencia en el desarrollo de software especializados para brindar soluciones empresariales con eficiencia y alta calidad.
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