Emisión de factura electrónica a empresas del sector salud

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Emisión de factura electrónica a empresas del sector salud

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La facturación electrónica en los establecimientos dedicados al sector salud cumple la misma función de una factura, es decir, la de registrar y soportar toda transacción realizada en la venta de productos o servicios. 

 

Al igual que para los demás contribuyentes, la emisión de factura electrónica no era obligatoria hasta que fueron emitidas por la Dian las resoluciones 000042 de 2020 y 000012 de 2021, en donde se expresa que para el 2022 toda empresa en Colombia deberá cumplir con este requisito.

 

Lo mismo ocurre para las empresas del sector salud, quienes debían implementar la factura electrónica desde 2019, esto se dio a conocer a través de la circular externa 0046 del 26 diciembre de 2018 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social. Esto iba en cumplimiento del Decreto 2242 de 2015, el cual tiene como objetivo masificar el uso de facturación electrónica en Colombia.

 

¿Qué se debe tener en cuenta para facturar electrónicamente?

 

• Debes tener el RUT (Registro Único Tributario) actualizado con la información actual de la empresa.

• Debes notificar en el sitio web de la Dian tu intención de empezar a usar la factura electrónica. Tendrás un plazo para realizar una prueba de habilitación del sistema de la Dian.

• Una vez finalizadas las pruebas deberás emitir una resolución indicando cuándo empiezas a implementar la factura electrónica.

• Desde la fecha en que quedes habilitado deberás emitir la factura electrónica de manera obligatoria.

 

¿Qué debe contener la factura electrónica?

 

Las empresas del sector salud deberán incluir ciertos datos en un orden establecido en los campos adicionales. A continuación, te los enumeramos:

 

1. Código del prestador de servicios de salud.

2. Tipo de documento de identidad del usuario.

3. Número de documento de identidad del usuario.

4. Primer apellido del usuario.

5. Segundo apellido del usuario.

6. Primer nombre del usuario.

7. Segundo nombre del usuario.

8. Tipo de usuario.

9. Modalidades de contratación y de pago.

10. Cobertura o plan de beneficios.

11. Número de autorización.

12. Número de mi prescripción (MIPRES).

13. Número de ID de entrega de prescripción (MIPRES).

14. Número de contrato.

15. Número de póliza.

16. Copago.

17. Cuota Moderadora.

18. Cuota de recuperación.

19. Pagos compartidos en planes voluntarios de salud.

20. Fecha de inicio de facturación.

21. Fecha final de facturación.

 

Según la Resolución 000506 del 19 abril de 2021 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, estos cambios debieron empezar a regir a partir del 31 de julio de 2021. Si ya cuentas con un proveedor de facturación electrónica como Simba, no tendrás que preocuparte, ya que contamos con las actualizaciones exigidas por los entes gubernamentales.

 

¿Qué resoluciones están vigentes

 

Resolución 000020, expedida el 26 de marzo de 2019: menciona a los sujetos obligados a implementar la facturación electrónica y los plazos con los que cuentan.

Resolución 000030, expedida el 29 de abril de 2019: establece los requisitos, condiciones y mecanismos con los que debe contar la implementación de la factura electrónica.

Resolución 000058, expedida el 13 de septiembre de 2019: modificación a la fecha de plazo máximo para iniciar la expedición de factura electrónica.

Resolución 000064, expedida el 1 de octubre de 2019: modificación al artículo 3 de la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019.

Resolución 000083, expedida el 27 de noviembre de 2019: modificación del numeral 15  del artículo 1 y numeral 2 del artículo 9 y 14 de la Resolución 000030 del 29 de abril de 2019.

Resolución 000042, expedida el 5 de mayo de 2020: esta es una resolución emitida por la Dian y es por la que se desarrollan los sistemas de facturación, registro de factura electrónica, anexo técnico de factura electrónica, entre otros puntos de este enfoque.

Resolución 000084, expedida el 8 de enero de 2021: es en donde se establecen las disposiciones para la implementación de la factura electrónica de venta para las empresas del sector de la salud.

Resolución 000012, expedida el 9 de febrero de 2021: modificación de la Resolución 000042 de 05 de mayo de 2020.

Resolución 000013, expedida el 11 de febrero de 2021: se desarrolla e implementa el sistema la función para el documento de pago de nómina y se integra el anexo técnico.

Resolución 000506, expedida el 19 de abril de 2021: es emitida por el Ministerio de Salud, e integra el anexo técnico llamado Campos de datos adicionales del sector salud incluidos en la generación de la factura electrónica de venta

Resolución 000037, expedida el 5 de mayo de 2021: emitida por la Dian. En esta resolución se establece la fecha en la cual se podrán disponer de las funciones del sistema de factura electrónica según los anexos técnicos de las resoluciones 000012, 000013 y 000015 de 2021.

 

Beneficios de la implementación 

 

La automatización de los procesos contables no solo agiliza los tiempos requeridos para estas labores, también permite un mayor control sobre la información y permite reducir en gran medida la probabilidad de cometer errores. Por otra parte, se toma acción frente al gasto excesivo de papel.

 

Como puedes ver, contar con programas de facturación electrónica para cumplir con las nuevas resoluciones emitidas por la Dian y el Min Salud ofrece diversos beneficios a las empresas del sector salud. Entra en cumplimiento con estos requisitos con los servicios especializados de Simba. Contáctanos ahora y recibe asesoría.

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